Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006
El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006), fue adoptado por la 94ª reunión (marítima) de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) el 23 de febrero de 2006.
En este convenio se revisan y refunden 37 convenios existentes, así como las recomendaciones conexas. En él se emplea un nuevo formato con actualizaciones, si es necesario, para reflejar las condiciones y el lenguaje modernos. De esta manera, en este convenio de carácter general se contempla, en un único instrumento, los derechos de 1,5 millones de gente de mar de todo el mundo a gozar de condiciones de trabajo decentes en lo que atañe a la casi totalidad de los diversos aspectos de sus condiciones de trabajo y de vida, entre ellos, la edad mínima, los acuerdos de empleo, las horas de trabajo o descanso, el pago de salarios, vacaciones anuales pagadas, repatriación a término de contrato, atención médica a bordo, uso de servicios de contratación y colocación autorizados, alojamiento, alimentación y servicio de comidas, protección de la seguridad y la salud y prevención de accidentes, así como los procedimientos de tramitación de quejas de los marineros.
96.6 %
del arqueo bruto de la flota mercante mundial representado por todas las ratificaciones
News and articles
Convenio sobre el trabajo marítimo
Registro mundial de muertes de la gente de mar
Celebrado VI Seminario Tripartito sobre la aplicación en España del Convenio sobre trabajo marítimo MLC, 2006
Latest events
Segunda reunión del Grupo de trabajo tripartito mixto OIT-OMI para determinar y abordar cuestiones relativas a la gente de mar y los factores humanos
Un Convenio en continua revisión
El MLC, 2006 entró en vigor el 20 de agosto de 2013. Su Código se enmendó en 2014, 2016, 2018 y 2022.
Texto del Convenio sobre el trabajo marítimo y enmiendas
Comité Tripartito Especial
En junio de 2013, el Consejo de Administración de la OIT estableció el Comité Tripartito Especial (STC), que tiene el mandato, en virtud del artículo XIII del MLC, 2006, de mantener la aplicación del Convenio bajo revisión continua.
En virtud del Convenio, el Comité está facultado para examinar y proponer a la Conferencia Internacional del Trabajo enmiendas al Código del Convenio, y también desempeña una importante función consultiva en virtud del artículo VII para los países que no cuentan con organizaciones nacionales de armadores o de gente de mar a las que consultar a la hora de aplicar el MLC, 2006.
Implementación, informes y control
Implementación
Informes y control
- Informes solicitados relativos al MLC, 2006, en su versión enmendada
- Formulario de memoria relativa al MLC, 2006, en su versión enmendada (formulario Word y PDF)
- Búsqueda de comentarios de los órganos de control sobre la aplicación del MLC
Bases de datos marítimos
Base de datos sobre el MLC
Base de datos sobre los casos notificados de abandono de gente de mar
Documentos de identidad de la gente de mar
La versión enmendada del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (núm. 185) entró en vigor el 8 de junio de 2017 e incorpora las últimas normas adoptadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). La expedición del nuevo documento de identidad de la gente de mar, con una tecnología similar a la utilizada en la actualidad en los pasaportes electrónicos, contribuye en gran medida a facilitar el acceso de la gente de mar a los permisos para bajar a tierra, traslado y tránsito, al tiempo que mejora la seguridad en los puertos y las fronteras, a través de la utilización de un documento seguro y reconocido internacionalmente.
El Convenio aporta una contribución esencial a la seguridad del transporte marítimo para luchar contra las amenazas terroristas, y en particular para responder a las necesidades de la gente de mar en tránsito o traslado para incorporarse a un buque, desembarcar en los puertos o ser repatriada. También facilita el acceso a las instalaciones y permiso en tierra, que es esencial para la salud y el bienestar general de la gente de mar, que a menudo permanece a bordo de su buque durante varios meses seguidos.
Actividades conjuntas OMI/OIT